En el uso de las facultades concedidas por los artículos 133.3 y 142 de la Constitución y por el
artículo 106 de la ley 71/5, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Y de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 de la ley 39/1988, de 28 de diciembre,
Reguladora de las Haciendas Locales.
07/03/2011
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